Secretaría de Hacienda podría bloquear cuentas sin orden judicial

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El senador de Morena, Alejandro Armenta, presidente de la Comisión de Hacienda, rechazó que la propuesta viole garantías individuales a los ciudadanos.

El pleno del Senado aprobó una minuta proveniente de la Cámara de Diputados de Reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, que permitiría que la Secretaría de Hacienda tenga facultad de bloquear cuentas de las personas que presenten indicios de financiamiento al terrorismo o lavado de dinero, sin necesidad de la orden de un juez.

El dictamen fue aprobado con 45 votos a favor y 27 en contra de senadores de oposición.

“El Poder Ejecutivo no es juez, los jueces existen precisamente para valorar si existen los elementos para declarar culpable a alguien. En este caso, dar a la Secretaría de Hacienda para que bloquee cuentas sin ir ante un juez, es darle la facultad discrecional de poderse meter con cualquier ciudadano por el solo hecho de que así lo determine. ¿Es un tribunal la Unidad?, no, ¿es un tribunal la Secretaría de Hacienda?, no, entonces ¿por qué le quieren dar la facultad de tomar decisiones como si fuera un juez?”, externó Damián Zepeda, senador del PAN.

El senador de Morena, Alejandro Armenta, presidente de la Comisión de Hacienda, defendió la reforma que concedería a la Unidad de Inteligencia Financiera esta nueva facultad de bloquear cuentas sin orden judicial. Rechazó que viole garantías individuales a los ciudadanos.

Argumentó que antes de bloquear cuentas se respetará la garantía de audiencia a los indiciados.

“Es por eso que esta iniciativa busca también garantizar los derechos y las garantías individuales. No podemos violentar garantías constitucionales, por eso esta iniciativa significa que se respete a plenitud los derechos procesales, comenzando por la garantía de audiencia”, indicó Alejandro Armenta, senador de Morena y presidente de la Comisión de Hacienda.

El Senado modificó la minuta enviada por la Cámara de Diputados en dos sentidos:

  1.  Será la institución bancaria y no la UIF, la que notifique por escrito a las personas que sean incluidas en la lista de cuentas bloqueadas.
  2. Las entidades financieras no deben estar limitadas a hacer del conocimiento por escrito del cliente o usuario que ha sido incluido en la lista de personas bloqueadas.

La reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, que agrega un capítulo denominado “De la Garantía de Audiencias de las Personas incluidas en la Lista de Personas Bloqueadas”, establece que: “La Secretaría de Hacienda podrá introducir a un individuo a la lista de personas bloqueadas cuando cuente con los indicios suficientes de que esa persona se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con los delitos señalados”.

La minuta, que algunos denominaron “Ley Nieto”, se devolvió a la Cámara de Diputados para su dictamen y ratificación.

En esta sesión, los senadores también aprobaron por unanimidad reformas a la Ley de Salud para reforzar acciones que permitan la detección temprana de cáncer en niños.

Por otra parte, 2 nuevos comisionados del INAI, rindieron protesta: Norma Julieta del Río Venegas y Adrián Alcalá Méndez.

Además, el presidente López Obrador envió la terna para ocupar la titularidad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, que está integrada por: Carlos Alberto Puga Bolio, Martha Patricia Jiménez Oropeza y Rafael Chong Flores.

Finalmente, el pleno del Senado ofreció condolencias al presidente López Obrador por el fallecimiento de su hermana, Candelaria Beatriz López Obrador, y guardó un minuto de silencio.

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