Justifica Sheinbaum que elementos de la Guardia Nacional puedan postularse a cargos de elección popular

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Sheinbaum calificó de ‘ignorantes’ las críticas de la oposición a la Ley de la Guardia Nacional que se discutirá esta semana en el Congreso.

La presidenta Claudia Sheinbaum aclaró que los elementos de la Guardia Nacional tienen la posibilidad legal de postularse a cargos de elección popular, siempre que soliciten licencia especial y cumplan con los requisitos previstos en la Constitución y en las leyes militares vigentes desde hace décadas.

Durante su conferencia matutina desde el Salón de Tesorería de Palacio Nacional, Sheinbaum respondió a cuestionamientos recientes sobre el tema y aseguró que esta facultad “no es nueva”, ni deriva de una reforma reciente.

“Una de las críticas muy ignorantes, que solo muestra desconocimiento, es que ahora un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular o cargo”, dijo.

La mandataria citó el artículo 55, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que los militares no deberán estar en servicio activo ni ejercer mando en la zona donde se realice la elección, al menos 90 días antes de la jornada electoral, si desean postularse a la Cámara de Diputados.

También mencionó que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea, publicada el 26 de diciembre de 1986, establece disposiciones específicas sobre la separación temporal de elementos castrenses para participar en procesos civiles, como es el caso de los comicios.

“Se está haciendo una similitud entre los miembros de la Guardia Nacional y los del Ejército o la Fuerza Aérea”, puntualizó.

La aclaración se enmarca en el debate por la reforma a la Guardia Nacional, luego de que integrantes de la oposición expresaran su preocupación por una posible militarización del ámbito político.

Entre ellos, Ivonne Ortega Pacheco, coordinadora de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, señaló que el nuevo marco normativo permitiría a los elementos de la corporación buscar cargos públicos.

De acuerdo con el artículo 44 de la Iniciativa de Ley de la Guardia Nacional, el personal activo cuenta con cuatro tipos de licencias: ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite.

La fracción III detalla que la licencia especial puede otorgarse para “desempeñar cargos de elección popular”, así como para aceptar nombramientos en dependencias civiles o actividades ajenas a funciones de seguridad pública.

Arturo Coronel, jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional, explicó que la licencia especial mencionada por la presidenta permite a los militares asumir temporalmente funciones civiles.

“La licencia que menciona la señora presidenta es la licencia especial; esta se concede a los militares para desempeñar cargos de elección popular”, indicó.

El documento legal establece que la autorización de dicha licencia recae en el titular del Ejecutivo Federal y, en su caso, en la Secretaría correspondiente. El permiso será válido únicamente para el encargo solicitado y por el plazo establecido.

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